GUSTAVO FARIÑA, abogado y mediador del Ministerio de Justicia de Argentina

"Tenemos una cultura del litigio, estamos acostumbrados a que otro resuelva los problemas por nosotros"

gustavo.jpg El prestigioso mediador Gustavo Fariña, abogado, docente y miembro de la Fundación Libra (institución pionera en el desarrollo de la Mediación en Argentina y Latinoamérica), ha impartido en Granada a través de la Fundación de Estudios y Prácticas Jurídicas un taller ‘exprés’ en técnicas de Mediación avanzada para un grupo de profesionales formados en esta disciplina “natural” para la resolución de conflictos.

-En España el recorrido de la Mediación ha sido bastante más reciente que en países como Argentina. ¿A cree qué se debe el retraso de la incorporación de la Mediación como método alternativo de resolución de conflictos?
No sé a qué puede deberse que un país empiece antes o después, pero lo que sí puedo decir con seguridad en función de lo que yo he vivido en los distintos países en los que vengo trabajando a lo largo de los años, es que en muchos países las dificultades y los desafíos a la hora de la implementación de la Mediación son similares. Uno de los principales  tiene que ver con la cultura o la idiosincrasia de la gente. En la mayoría de los pueblos de Latinoamérica e Iberoamérica hay una cultura del litigio, estamos muy acostumbrados a que otro resuelva los problemas por nosotros. Esto ocurre cuando somos adultos y acudimos al juez, pero tiene su origen cuando en casa había alguien, papá o mamá, que nos decía qué teníamos que hacer. Al mismo tiempo, los abogados podemos creer que la Mediación es algo que atenta contra nuestros intereses, porque hemos sido formados en las universidades para litigar. El abogado puede creer que algo que evita los litigios va en contra de sus intereses. Por eso hay que hacer mucha sensibilización en los Colegios de Abogados y dentro del Poder Judicial, ya que hay muchos jueces que creen que el lugar natural para el manejo de los conflictos es el tribunal, cuando en realidad esto no es así porque la propiedad de los conflictos es de las propias partes.

-¿Es la Mediación una oportunidad laboral más para los abogados?

Creo que la Mediación es una herramienta que facilita la labor del profesional. No va en contra de sus intereses, todo lo contrario. ¿Por qué? Porque es un lugar más donde el abogado puede canalizar las causas que maneja. Yo siempre digo que si un profesional, un abogado, hace un estudio de los honorarios que cobra en un juicio común,  y divide el monto que cobra entre el tiempo que le llevó litigar, entre el que dedicó a revisar los escritos y entre el que atendió al cliente llamándolo una vez por semana para decirle cómo va su juicio, podría llegar a la conclusión de que es antieconómico ejercer la profesión. Pero, además, el abogado no es que no cobre en la Mediación. El abogado cobra sus honorarios, que pueden ser menos que en un proceso judicial, pero invirtiendo una cantidad de tiempo infinitamente menor y con el añadido de que el cliente sale conforme, porque en las mediaciones las partes pueden realizar acuerdos a medida.

-¿Qué ventajas tiene para un particular acudir a la Mediación en lugar de a los tribunales?

Muchos conflictos, cuando se judicializan, trabajan sobre el aspecto manifiesto, el que se ve, pero no en los orígenes reales del conflicto. Cuando las partes pueden ir a la Mediación y hablar de lo que verdaderamente les importa, si se llega a un acuerdo va a ser mucho más sostenible y, si no, al menos habrán tenido la oportunidad de decirle al otro lo que quieren. Esto en un juicio no pasa. En un juicio lo que hacemos es levantar la alfombra y meterlo todo bajo la alfombra, como si así desapareciera. Pero la suciedad de una casa no desaparece metiéndola bajo la alfombra. En un conflicto lo mismo: si ocultamos las emociones, si tratamos de tapar lo que a la gente le importa hablando de otras cosas, sobre todo de aspectos económicos, tarde o temprano eso eclosiona o el acuerdo al que se llega no acaba siendo sostenible.

-Decía que el ámbito judicial no es el lugar natural de resolución de conflictos, ¿lo es la Mediación?

 Sí. Pongo un ejemplo, ¿en un proceso de familia quién crees tú que sabe qué es mejor para sus hijos, el juez o los padres? Sí es verdad que por muchas cuestiones, principalmente de comunicación, hay veces en que las partes no pueden acordar y necesitan que intervenga un tercero que decida. Ahora, si esas personas tuvieran la posibilidad de que alguien les ayude a reflexionar, a que vean lo que está en juego, a mantener conversaciones, podrían llegar a un acuerdo mucho más fructífero y completo. Pero no solo eso: podrían aprender modos de relacionarse, de conversar, que puedan replicar después en otros problemas. De qué sirve que un abogado tenga que intervenir cada vez que en una relación surjan conflictos. Esas personas estarían atadas a tener una especie de tutor que aparezca cada vez que hay un problema. Lo ideal sería que pudieran manejarse solos, y que cuando no puedan intervenga el juez. Hablar de Mediación no implica pensar que la Justicia no tiene que existir, todo lo contrario. Pero el poder judicial no les da a las personas las soluciones que buscan. La gente muchas veces sale de los tribunales con insatisfacción, aun obteniendo una sentencia favorable. La realidad es que cuando un conflicto se judicializa se lo convierte en algo que no tiene nada que ver con las verdaderas causas, porque para darle cabida en el sistema judicial hay que convertirlo en algo que el abogado sabe que puede ser un proceder judicial. Lo que hacemos es alejar cada vez más ese conflicto de lo que verdaderamente le pasa a la gente.

-Si es necesario que los abogados y el poder judicial se conciencien, todavía lo es más que lo hagan los ciudadanos…

Totalmente, porque nadie va a recurrir a un mecanismo que no conoce. En Argentina tenemos una ley desde 1996 de Mediación obligatoria que establece como paso previo recurrir al mediador antes de iniciar una acción judicial en el foro civil y en el foro mercantil. Los que defendíamos la voluntariedad de la mediación al principio no nos gustaba nada, pero nos hemos dado cuenta de que si esto no hubiera sido así no se hubiera desarrollado la Mediación al punto que se desarrolló. La obligatoriedad cumplió una función educativa y de difusión de la Mediación.

-¿Es la Mediación más ágil que un proceso judicial?

En general, sí. Los procesos pueden ser más cortos o más rápidos en función de la complejidad de los temas a tratar, pero si comparamos con un proceso judicial promedio, la Mediación es muchísimo más breve. Estamos hablando de un promedio de dos o tres reuniones, que pueden tener un lapso de diez o quince días entre ellas. Claramente los tiempos son menores, y ni hablar también de los costos.

-¿La Mediación es aplicable a todos los asuntos, a todos los conflictos?

No me gusta decir que es aplicable a cualquier asunto porque yo creo que hay un principio: hay temas mediables y temas no mediables. Podríamos establecer un parámetro para saber si la cuestión es mediable o no en base al equilibrio de poder y a la voluntad. El poder es equilibrable con la intervención del mediador, pero si hay una persona que no está en condiciones de hablar frente al otro, que tiene miedo de hacerlo, que no quiere hacerlo, el tema no es mediable. La cuestión más básica tiene que ver con la voluntad.

-¿Es también una solución ante el colapso judicial?

Por supuesto. En general, en la mayoría de los países en los que se ha establecido como política de Estado y judicial el desarrollo de la Mediación y la Conciliación se ha hecho inicialmente resaltando las características de la Mediación, que destaca la autonomía de las personas, hace que puedan recobrar protagonismo en el conflicto, apunta a que la sociedad utilice mecanismos más democráticos, facilita que se puedan adquirir herramientas que se puedan replicar fuera de la Mediación… y desatasca los tribunales. En la práctica lo que ha ocurrido es que este último termina siendo el objetivo principal. Y esto tiene como consecuencia que la mayoría de los procesos de Mediación se evalúen en función de si llegan o no a acuerdos. Me parece importante decir que no necesariamente el único objetivo de la Mediación es un acuerdo. Puede haber otras situaciones donde no se llegue a acuerdos pero tampoco haya proceso judicial. Me parece importante sacarnos la idea de que solamente el acuerdo es posible. Además, el juicio no se desarrolla igual si antes ha habido una mediación. Hay todo un valor que aporta la Mediación que a veces no es cuantificable en términos de acuerdo.

-¿Cuáles deben ser las características de un buen mediador?

Principalmente, tiene que tener interés por escuchar a los demás. En cuanto a características, tiene que ser neutral, tiene que ser un buen oyente y tiene que tener un entrenamiento específico en Mediación, independientemente de la profesión de origen. Yo conozco buenos mediadores abogados y malos mediadores abogados, buenos mediadores psicólogos y malos mediadores psicólogos… No tiene que ver con la profesión de origen, sino con el tipo de entrenamiento y la seriedad con la que desempeñe la actividad. En lugares en los que se está implementando de forma reciente la Mediación es fundamental que los mediadores trabajan bien, porque cuando un mediador burocratiza la mediación, o no hace lo que debe hacer, las partes no distinguen si han tenido un buen mediador o si la Mediación no sirve. Y el boca a boca es fundamental.