Una jornada desvela los límites de las obras en elementos privativos de comunidades de propietarios

C:\inetpub\web\Content\Upload\cf49a87d-4a6f-4b16-b672-54d9f2ca3a21.jpeg

Los colegiados granadinos pudieron formarse el pasado 1 de diciembre en un tema tan práctico y recurrente como las obras en elementos privativos en las comunidades de propietarios gracias a una jornada organizada por el Grupo Especializado en Propiedad Horizontal del Colegio de Abogados de Granada.

Para ello, el evento formativo contó con los letrados de la Corporación, Francisco Sevilla Cáceres y Antonio David Zarzo Lobo, acompañados en la mesa por el presidente de la agrupación, Agustín Canón Frías. El primero de los ponentes fue quien comenzó la charla trasladando las bases legales y jurisprudenciales para determinar si una obra en una comunidad de propietarios está permitida o no. En este sentido, se refirió a los principios genéricos que recoge el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal, las limitaciones y requisitos para las obras en elementos comunes, el proceso para ejercer acciones contra estas intervenciones por parte de la comunidad y los plazos de prescripción de las mismas.

Por su parte, Zarzo Lobón se centró en los alegatos de defensa más frecuentes que se presentan cuando la comunidad de propietarios acciona frente a una obra realizada sobre elementos comunes sin haber recabado previamente el consentimiento de la comunidad o incluso habiendo recibido una negativa del ente. En concreto, el abogado pormenorizó los argumentos basados en el abuso de derecho, en el trato discriminatorio o desigualdad ante obras preexistentes y en el consentimiento tácito y la doctrina de actos propios, aportando las claves para que estas exenciones sean o no tenidas en cuenta por el juzgado.

Puedes acceder al vídeo de la jornada en este enlace.