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Una jornada analiza los cambios introducidos por la Ley 10/22 y la responsabilidad del administrador de fincas
- lunes, 11 de julio de 2022
- 2. Formación
El Colegio de Abogados de Granada acogió el pasado 8 de julio una jornada del Grupo Especializado de Propiedad Horizontal en la que se abordaron dos aspectos de interés para los profesionales en esta rama jurídica: las novedades introducidas por la Ley 10/2022 en materia de Propiedad Horizontal y la responsabilidad profesional del administrador.
Para analizar el primer punto, el evento formativo contó con el letrado Pablo Alberto Argente del Castillo García, que señaló los aspectos que esta nueva norma, con entrada en vigor el 16 de junio de 2022, modifica respecto a la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal. En concreto, detalló que la reforma afecta, por un lado, al artículo 9, apartado 1, letra F, introduciendo la posibilidad de que el destino de fondo de reserva de las comunidades vaya destinado “a la realización de las obras de accesibilidad y eficiencia energética”. Por otro lado, también tiene una nueva redacción el artículo 17.2, donde se establece que la realización de obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia o la solicitud de subvenciones y ayudas en este sentido, “requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría simple de las cuotas de participación, siempre que su importe repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada en su caso la financiación, no supere la cuantía de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Por último, se refirió al nuevo texto del artículo 21 y el reforzamiento que realiza ante situaciones de impago de los gastos comunes.
Tras esta primera parte, tomó el relevo la abogada Sandra Soto García para profundizar en la responsabilidad profesional del administrador. Comenzó recordando las funciones del administrador plasmadas en el artículo 20 de la Ley Propiedad Horizontal para después analizar las causas y condiciones para exista responsabilidad de estos profesionales, tanto en el ámbito civil, como penal, aportando diferentes sentencias sobre este segundo supuesto.