Jesús Pellón analiza cómo ha afectado al secreto profesional la transposición de la DAC-6

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La Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, conocida como DAC-6, referida al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información, establece la obligación de comunicación de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.

Esta directiva, transpuesta en el ordenamiento jurídico español a través de la Ley 10/2020, de 29 de diciembre y el Real Decreto 243/2021, de 6 de abril, tiene un impacto directo sobre el secreto profesional de los abogados. Para analizar las implicaciones de la transposición, el Grupo Especializado de Prevención de Blanqueo de Capitales y Cumplimiento Normativo del Colegio de Abogados de Granada invitó a una jornada el pasado 23 de noviembre al abogado Jesús Pellón Fernández-Fontecha.

El también consejero del Consejo General de la Abogacía Española y presidente de la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del mismo quiso compartir con los colegiados granadinos sus reflexiones sobre un tema de “enorme trascendencia y transversalidad” por la evolución tan rápida que se ha producido a nivel normativo en cuanto a la naturaleza y alcance del secreto profesional, con la consecuente preocupación para los profesionales del Derecho. 

Durante el acto, en el que intervinieron el decano del Colegio, Leandro Cabrera, y el presidente y vocal Noveno de la agrupación organizadora, Manuel Peña y José Antonio Sánchez Pérez, Pellón repasó la regulación actual del derecho al secreto profesional y se refirió a las situaciones en las que este derecho entra en conflicto con algunas normas que se han ido promulgando, entre ellas, las relacionadas con esa obligación de informar de la DAC-6.

En este sentido, el ponente expuso de forma pormenorizada quiénes son los sujetos obligados a comunicar, las operaciones que se deben comunicar y las excepciones a dicha declaración, y el régimen sancionador, comentando cómo la normativa afecta al derecho de secreto profesional.  “Tenemos que ser muy vigilantes, porque si dejamos que el secreto profesional sea socavado, nos estamos cargándonos la auténtica esencia de la profesión, que esa confianza abogado-cliente2, concluyó.

Puedes acceder al vídeo de la jornada, en este enlace.