Los colegiados analizan las implicaciones penales y constitucionales del estado de alarma en una charla online

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Cerca de 40 colegiados participaron en la cibercharla organizada por el Grupo de Abogados Jóvenes el pasado 8 de abril en la que se abordaron las implicaciones penales y constitucionales del estado de alarma.

Para ello, la agrupación contó con la ponencia de Carlos Viader Castro, juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla, que comenzó la intervención aclarando las diferencias entre el estado de alarma, de sitio y de excepción y las diferentes restricciones de derechos que pueden aplicarse en cada caso.

A continuación, Viader Castro prosiguió la jornada online, emitida a través de la app Zoom, desglosando los posibles delito que se pueden producir durante el estado de alarma, con especial hincapié en las sanciones administrativas y penales por desobediencia o resistencia.

En este sentido, el juez explicó las multas que se pueden imponer en el primer caso, con importes que oscilan entre los 601 a 30.000 euros, se basan en el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana y puntualizó que estas sanciones están previstas, no por el incumplimiento del Real Decreto de Estado de Alarma, sino por la desobediencia o resistencia a la autoridad, lo que generará un debate constitucional en el futuro. En cuanto a los delitos de desobediencia o resistencia, que remiten al Código Penal, el ponente comentó que parten de criterios más subjetivos sobre cuándo se produce esa conducta por parte de la persona.