Una jornada aborda los nuevos Registros de Titularidad Real y de Prestadores de Servicios a Sociedades

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Los Grupos Especializados de Prevención del Blanqueo de Capitales y Cumplimiento Normativo y de Derecho Mercantil del Colegio de Abogados de Granada celebraron en la tarde del 19 de marzo una jornada sobre un tema de candente actualidad y de gran interés para el colectivo profesional: los Registros de Titularidad Real y de Prestadores de Servicios a Sociedades, creados por el Gobierno a lo largo de 2018.

Para explicar en qué consisten estos do nuevos instrumentos, el evento formativo contó con la intervención de María Belén López Espada, registradora mercantil y de bienes muebles de Jaén, que comenzó su exposición con un análisis de los antecedentes legislativos en la materia, para comprender cómo se ha llegado a este punto, y una explicación sobre cómo afectan estos registros a los letrados. “Los abogados son sujetos obligados por partida doble: por un lado, deben manifestar quién es el titular real y, por otro, también son prestadores de servicios a sociedades, quedando obligados a una serie de formalidades”, comentó la experta, acompañada en el acto por los presidentes de los grupos organizadores, Manuel Peña y Rosa Mª Gallego.

Tras plantear el contexto, López Espada continuó su intervención profundizando en estas dos herramientas en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que, desde el Cuerpo de Registradores, han sido recibidas “de forma muy positiva”. “Creemos que el Registro Mercantil es la sede natural de estos dos registros, por toda la información que ya hay, gracias a la inscripción de las sociedades y el depósito de cuentas anuales”, aseguró la también académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada.

Así, la ponente explicó el funcionamiento y sujetos obligados del Registro de Titularidad Real, creado a partir de la Orden 319/2018 del Ministerio de Justicia en respuesta a las Directivas (UE) 2018/843 y 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015, con el objetivo de contener la información completa y actualizada sobre las titularidades reales de las sociedades mercantiles, es decir, sobre las personas físicas que ostentan el control de la empresa de manera directa o indirecta. El Registro de Titularidad Real, si bien está totalmente desarrollado, “se encuentra en la actualidad en una primera fase en la que solo pueden acceder las autoridades públicas relacionadas con el blanqueo, a la que seguirá una segunda, que daría entrada a los profesionales, a través de la firma de convenios con los colectivos, y una tercera, con el acceso de cualquier ciudadano a la información contenida”, detalló López Espada.

En cuanto al Registro de Prestadores de Servicios a Sociedades, recogido en el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, mediante la introducción de una Disposición Adicional Única (DAU) en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, la registradora mercantil puntualizó que está todavía en desarrollo, a la espera de que el Ministerio de Justicia dicte las instrucciones y órdenes necesarias y, una vez en marcha, obligará a aquellas personas físicas o jurídicas dedicadas profesional o empresarialmente a realizar diversos servicios relacionados con sociedades y también fideicomisos. “Mientras tanto, en el Cuerpo de Registradores estamos organizando la situación y hemos desarrollado el software informático necesario para que pueda entrar en funcionamiento en la fecha prevista, el 4 de septiembre de este año”, aclaró la experta.