Gallego Sánchez ahonda en la protección internacional contra la violencia de género del Convenio de Estambul

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El 11 de mayo de 2011 vio la luz el Convenio de Estambul del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, el primer tratado regional europeo de carácter vinculante para los países que lo ratifiquen, como hizo España en 2014. ¿Cuáles son las implicaciones que supone esta adhesión?

Para hablar sobre este instrumento internacional de protección de las mujeres y niñas y su relación con la normativa española, el Grupo Especializado de Violencia de Género del Colegio de Abogados de Granada celebró el pasado 2 de noviembre una jornada sobre el Convenio de Estambul en la que participó, como ponente, Gemma Gallego Sánchez, magistrada de la Sección II de la Audiencia Provincial de Madrid. “El Convenio surge después de muchos estudios e investigaciones del Consejo de Europa en las que ve cómo la víctima va siendo objeto de distintas concepciones y definiciones sobre la violencia doméstica que genera, en definitiva, una dispersión sobre la protección de la mujer que la lleva a morir”, señaló la también miembro del Grupo de Expertos para el Seguimiento del Convenio de Estambul del Consejo de Europea desde 2015.

Como consecuencia, la normativa europea se convierte en una herramienta “única e imprescindible” que considera que la violencia de la mujer es una violación de los Derechos Humanos, estableciendo como elemento clave la igualdad en la sociedad mediante una actuación pluridimensional que permita afrontar la lucha contra la violencia de género a través de las llamadas 4 Ps (Políticas, Protección, Prevención y Persecución). “El Convenio de Estambul es fundamental porque a todos esos países que lo ratifiquen, de los 47 que forman el Consejo, deberán implementar el mismo concepto de violencia, la misma sistemática de prevención, tipificar nuevos delitos…”, explicó Gallego Sánchez, quien definió el documento como “un hito a nivel europeo en la protección de la mujer”.

No obstante, en el caso de España, según puntualizó la magistrada, “la legislación contra la violencia de género es puntera desde hace muchos años y, por ello, muchas de las ideas y principios que informan el Convenio de Estambul parecen calcados o muy inspirados en nuestra Ley de 2004 o el Estatuto de la Víctima”. Sin embargo, continuó la experta, “no podemos pretender acabar con la violencia, por muy puntera que sea la ley, de forma inmediata, porque son siglos de una serie de patrones de prevalencia del hombre sobre la mujer que hemos reproducido todos”, por lo que es esencial trabajar, tanto por las instituciones como por la sociedad civil, en la creación de una efectiva igualdad de oportunidades, de derechos y de responsabilidades como elemento esencial para acabar con este problema social y global. “Ojalá que no nos hagan tanta falta tantos siglos como lo hemos sufrido para acabar con la violencia de género”, concluyó la ponente.