Magro Servet desglosa la guía práctica de violencia de género del CGPJ y adelanta novedades de la próxima reforma

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Solo entre el 20 y el 25% de las víctimas totales de violencia de género denuncia. Este es uno de los datos con el que el magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid Vicente Magro Servet puso de manifiesto la gravedad que supone el maltrato contra la mujer en nuestro país.

Lo hizo como introducción a la ponencia organizada por el Grupo Especializado de Violencia de Género del Colegio de Abogados de Granada para dar a conocer entre los letrados granadinos los pormenores de la nueva guía práctica de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, del CGPJ de 13 de octubre de 2016, de la que el ponente es coautor.

En este sentido, el también miembro asesor del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del CGPJ explicó que esta guía es “una herramienta de trabajo que pretende la unificación de criterios para que todos los juristas, abogados especializados y jueces de violencia de género tengan una respuesta uniforme al problema que se plantea”, evitando que puedan darse resoluciones contradictorias dependiendo del juzgado, agilizando la respuesta judicial y aportando mayor predecibilidad sobre cuál va a ser la respuesta en un mismo caso concreto”.

Asimismo, la guía tiene también como objetivos evitar los problemas en concesión de órdenes de protección o de vigilancia y garantizar que la víctima se sienta segura cuando acuda a un juzgado. “Tenemos que perseguir que cuando estas personas acuden a un órgano judicial tengan la tranquilidad de que van a ser bien atendidas y no sean victimizadas más de lo que han sido ya por sus parejas”, comentó Magro Servet, para quien es necesario contar con más recursos materiales y humanos. “La violencia de género no es un delito más; es un delito muy grave y, por ello, yo pondría, por ejemplo, la prisión permanente revisable para los asesinos de violencia de género, porque considero que una pena de prisión de 10 años es irrisoria y tenemos que poner unas penas contundentes y ejemplarizantes puesto que, aunque no es el objetivo del Derecho Penal, la situación es muy grave y no podemos permitir que día sí día también aparezca un nuevo caso de una mujer que ha sido asesinada por la persona con la que conviven o ha convivido.

Junto a la nueva guía, actualizada por el ponente con la última jurisprudencia del Supremo, la conferencia –que se celebró en la tarde del 29 de junio en el Salón de Actos del Colegio y fue retransmitida en directo a los letrados de Baza y Motril- también contó con algunas primicias relativas a la inminente reforma que se va a aprobar en el Congreso por un proyecto de ley, como la incorporación de un nuevo delito de violencia de género a través de redes sociales. “Se trata de un nuevo delito que ahora mismo difícilmente tienen encaje en el Código Penal e incluso se prevé una pena de específica como la prohibición de uso de redes sociales, porque poner una pena de multa o trabajos en beneficio de la comunidad no llega directamente al agresor, pero con esta prohibición sí se le puede causar un daño personal y, así, evitar que las redes sociales se usen para el daño”, argumentó el experto.