Los colegiados granadinos se forman en gestión del riesgo y compliance penal a través de un taller práctico

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Cuando un médico atiende a un paciente sigue un protocolo que incluye desde la revisión, auscultación y pruebas para llegar a un diagnóstico, hasta la asignación de un tratamiento y su seguimiento, sin olvidar una posible intervención quirúrgica y el postoperatorio. En el ámbito del compliance penal ocurre algo similar, pues se pone en marcha un proceso muy particular y detallado paso a paso para detectar los posibles delitos que se pueden cometer, las medidas preventivas de los mismos y, en su caso, la defensa de los clientes.

Este es el símil que utilizó Enrique de Madrid Dávila Rico, detective privado y analista consultor de investigación y seguridad, para explicar el contenido del taller práctico sobre ‘Gestión del riesgo y compliance penal’, organizado el 23 de febrero por el Grupo Especializado de Prevención del Blanqueo de Capitales y Cumplimiento Normativo del Colegio de Abogados de Granada y en el que intervinieron también José Antonio Sánchez , presidente del grupo, y Juan Miguel del Cid, economista y catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Granada.

“El compliance consiste en prever el futuro, en analizar qué tipos de delitos pueden pasar, quién los puede cometer, dónde y cuándo, y después crear un tratamiento, es decir, cuáles son las medidas que los van a evitar y qué tengo que hacer para evitar que ciertos escenarios ocurran”, señaló el ponente, también profesor de Seguridad en el Grado de Investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona.

Para conocer este proceso, De Madrid Dávila basó el taller en un caso práctico, una sentencia de un caso de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales en donde tuvo lugar una revelación de secretos sobre la que el ponente, con la participación activa de la veintena de participantes, desglosó cómo se podía haber hecho una análisis de riesgos con antelación y cómo se podría haber evitado el delito.

En este sentido, el experto también se refirió a la necesidad de ensamblar la labor de los letrados y de los gestores de riesgos. “No es lo mismo la visión de un jurista, que está más enfocado a proteger a su cliente una vez ha tenido lugar el delito, que la de un gestor de riesgos puro, dedicado a establecer las medidas que debe tomar para que no se cometa el delito”.