El magistrado Pasquau valora los cambios operados en el recurso de apelación en la Jurisdicción Penal

Apelación TSJA SL.jpg

¿Consigue la nueva normativa resolver satisfactoriamente los déficits del sistema de recursos existente en la legislación penal? Esta es la cuestión principal sobre la que giró la conferencia ‘El recurso de apelación ante el TSJA’, organizada por el Grupo Especializado de Derecho Penal y Penitenciario del Colegio de Abogados de Granada e impartida por Miguel Pasquau Liaño, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y profesor de Derecho Civil de la Universidad de Granada.

En este sentido, el ponente se refirió a las reformas relativas al recurso de apelación operadas en 2015 en las que el legislador ha tratado de dar solución a los principales hándicaps en esta materia, como la falta de generalización de una segunda instancia a favor del acusado, un imperativo de los textos internacionales; la ausencia de un recurso de apelación para las sentencias dictadas en Segunda Instancia por la Audiencia, lo que impedía la formación de jurisprudencia en muchos asuntos penales; y la desnaturalización del recurso de casación, que se estaba convirtiendo en una semi-apelación.

Tras exponer las carencias de la legislación anterior y las novedades introducidas por la nueva normativa, el magistrado valoró el alcance de la reforma legislativa. “En algunos puntos ha sido una respuesta satisfactoria; en otros, no tanto; y en unos terceros tengo dudas sobre su constitucionalidad”, señaló Pasquau.