Granada, punto de encuentro de los abogados especializados en Circulación y Seguros de Andalucía Oriental

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El Colegio de Abogados de Granada, a través del Grupo Especializado de Circulación y Seguros, celebra un simposio sobre esta rama jurídica en colaboración con los colegios de abogados de Almería, Antequera, Jaén y Málaga


Compartir perspectivas jurídicas sobre los asuntos de máxima actualidad en relación con el Derecho de Circulación y Seguros. Este es el objetivo que ha aglutinado en el Colegio de Abogados de Granada a alrededor de 160 letrados de toda la comunidad autónoma en el marco del I Simposio de Derecho de Circulación y Seguros de Andalucía Oriental.

“Se trata de un simposio organizado por los colegios de abogados de Granada, Almería, Antequera, Jaén y Málaga que permite a los que nos dedicamos a esta materia continuar con la labor de aprendizaje de la mano de los que más saben y disfrutar, tras la pandemia, del contacto entre compañeros especializados en Circulación y Seguros”, resaltó el diputado Quinto de la Junta de Gobierno de la Corporación anfitriona, Antonio Olivares, durante la presentación del acto el 5 de mayo. “Este punto de encuentro jurídico fue impulsado por el Grupo de Circulación y Seguros de Granada, sumándose el resto de grupos y juntas de gobierno de Andalucía Oriental y esperamos que el año que viene prosiga, recogiendo el testigo otro Colegio, y que se pueda ampliar también al resto de colegios de abogados de toda Andalucía”, añadió el presidente de la agrupación organizadora, Joaquín Perales.

Tras el acto inaugural, el simposio arrancó con una ponencia sobre la cláusula de defensa jurídica a cargo de José Pablo Martínez Gámez, magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén, presentado por Alfonso Montiel Colomo, diputado de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados jiennese. Durante su intervención, el magistrado analizó el nuevo horizonte que abre la sentencia del Tribunal Supremo 101/2021, de 24 de febrero, exponiendo los conceptos que comparte con las resoluciones anteriores y las novedades que introduce en relación con la cobertura, límites y posible abusividad del contrato de defensa jurídica, seguido de un coloquio moderado por Lucía Magán Palomares, bibliotecaria del Grupo de Circulación y Seguros de Granada.

Por su parte, Alberto del Águila Alarcón, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Granada, abordó desde un enfoque práctico la discusión existente sobre la cobertura de pérdida de beneficios durante el periodo de pandemia, compartiendo su visión sobre el tema de la previsibilidad o imprevisibilidad de la crisis sanitaria y el consecuente alcance obligaciones de las aseguradoras, el estudio del lucro cesante o el carácter casuístico de esta materia a la hora de saber si las pérdidas deben ser cubiertas. Presentado por Perales, el juez decano de Granada también indicó cómo debe calcularse el importe de la indemnización en el caso de sentencia estimatoria y las costas, dando paso a un debate moderado por Miguel Ángel Fernández Tejeiro, vicepresidente del grupo especializado del ICA Granada.

La sesión matutina concluyó con una charla sobre responsabilidad civil profesional, a cargo de Manel Blanco Alpuente, responsable nacional de Responsabilidad Civil de Catalana Occidente, patrocinadora del evento junto a Mediterránea Broker, preludio de un almuerzo en el que los colegiados inscritos en la modalidad presencial pudieron hacer networking con otros compañeros de la región.

Durante la tarde, el encargado de abrir el turno de ponencias fue Javier López y García de la Serrana, presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, presentado por José Francisco García Casaus, diputado Segundo de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Antequera. El abogado y director de Hispacolex recordó de dónde surge y qué valor tiene la Guía de buenas prácticas para la aplicación del baremo de autos y del informe razonado de la Comisión de Seguimiento como instrumentos de evaluación ex ante y ex post y de carácter participativo que permiten comprobar si se han cumplido los objetivos perseguidos, cuál ha sido su impacto social y si el coste y cargas derivadas de ellas estaba justificados de cara a identificar vías de mejora que se incorporen en la futura regulación. Asimismo, señaló algunos de los acuerdos más relevantes de la Comisión de Seguimiento y conclusiones del informe razonado, así como las actualizaciones que ha sufrido el baremo en los últimos años. A continuación, adelantó los aspectos clave del proyecto de modificación dl baremo de autos, como la trasposición de la directiva 2021/2118, la incorporación de las recomendaciones del informe razonado y la posibilidad de crear un seguro obligatorio para vehículos de movilidad reducida.

Le siguió Miguel Pasquau Liaño, magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, quien cuestionó la última jurisprudencia del Tribunal Supremo en torno a la prescripción, con la introducción de la negligencia o abandono como elemento para su determinación como fundamento subjetivo y la problemática que esto genera. “Si ponemos un plazo es para no tener que valorar caso por caso. La exactitud es el sentido que tiene la prescripción extintiva”, afirmó el jurista, que también examinó algunos casos complejos sobre este tema y la respuesta jurisprudencial durante su ponencia, en la que estuvo acompañado en la mesa por Jesús Pérez Morilla, coordinador de la Sección de Responsabilidad Civil del ICA Málaga (presentador), e Isabel Carmona Camacho, vocal segunda del Grupo de Circulación y Seguros de la Abogacía granadina (moderadora).

Por su parte, María José Rivas Velasco, magistrada de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, cerró el simposio, presentada por el vicepresidente del Grupo de Abogados Especializados en Circulación y Seguros del ICA Almería y con debate moderado por Sonia Arroyo Moleón, tesorera de la agrupación homóloga granadina. En su caso, la exposición ahondó en el perjuicio por pérdida de calidad de vida en supuestos de lesiones temporales y secuelas, aclarando qué se entiende por calidad de vida, sus características, la definición de perjuicio personal y moral y su interpretación jurisprudencial o las pautas de medición de perjuicio.