Una jornada del Grupo de Circulación y Seguros desgrana la reclamación previa de la LRCSCVM

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El artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM) fue el tema central de la jornada organizada por el Grupo Especializado de Derecho de Circulación y Seguros del Colegio de Abogados de Granada en la tarde del 3 de diciembre, permitiendo a los letrados participantes profundizar en la reclamación previa desde un enfoque práctico de gran utilidad para la interposición de procedimientos futuros, según destacó el presidente de la agrupación, Joaquín Perales.

El evento formativo contó con las intervenciones de Montserrat Peña Rodríguez, magistrada-juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Granada, que enfocó su ponencia en concretar los problemas de carácter sustantivo y procesal que, desde la entrada en vigor de la reforma introducida por la Ley 35/2015, se han venido produciendo en la aplicación práctica del citado artículo 7; y de Sonia Arroyo Moléon, abogada y tesorera del Grupo de Derecho de Circulación y Seguros, que aportó las claves prácticas en relación con la reclamación previa.

En este sentido, Peña Rodríguez analizó de forma desglosada las obligaciones que del art. 7 se derivan para aseguradoras y perjudicados, aportando a su vez las soluciones e interpretaciones de la jurisprudencia menor sobre esta materia. En concreto, la magistrada-juez se refirió a la reclamación previa del perjudicado como requisito de procedibilidad y la legitimación para formular la misma, hablando sobre la forma y contenidos mínimos, la ausencia de carácter vinculante para el perjudicado y las cuestiones solventadas por la Comisión de Seguimiento del baremo recogidas en 2019 en un documento de Buenas prácticas para la aplicación del baremo de autos.

Asimismo, la experta también desgranó los efectos de la reclamación previa del perjudicado y la reforma del código penal por la Ley Orgánica 2/2019 de 1 de marzo o la aportación con la demanda de informe de valoración del daño corporal. En cuanto a la oferta y respuesta motivadas, Peña Rodríguez se refirió a los requisitos legales y acuerdos adoptados por la Comisión de Seguimiento del Baremo en la Guía de Buenas Prácticas, señalando asimismo los aspectos comunes entre ambas, como los plazos y consecuencias de su incumplimiento.

Por último, la ponente abordó el carácter vinculante de la oferta motivada, aclarando si es aplicable en estos casos la denominada ‘doctrina de los actos propios’, terminando con la doctrina derivada de las ‘sentencias tsunami’ y el plenillo de las secciones civiles de la Audiencia Provincial de Granada de 28 de mayo de 2019 y el controvertido tema de la aportación de informes periciales de valoración dl daño corporal en el procedimiento judicial.

Tras esta exposición, tomó el relevo la letrada Arroyo Moleón, que ofreció un taller práctico sobre cómo llevar a cabo el trámite habitual de una reclamación previa derivada de tráfico. Así, la ponente comenzó refiriéndose a la designación de letrados, recomendando comunicarlo a ambas compañías y solicitar autorización para la cesión de datos e informes médicos, y las diferentes formas posibles de presentación de la reclamación previa: correo postal, presentación presencial, correo electrónico, a través de la plataforma Tirea, creada por CGAE y UNESPA, y el Baremo UNESPA.

Para finalizar, Arroyo Moleón expuso qué pueden hacer los colegiados si no están de acuerdo con el ofrecimiento, señalando que siempre cabe la posibilidad de ir a un perito o solicitar la intervención del Instituto de Medicina Legal, explicando cómo hacerlo online a través de la RedSara.

Puede acceder al vídeo de la jornada, en este enlace.