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El Grupo de Abogados Jóvenes dedica una cibercharla a la evaluación psicológica de los menores víctimas
- lunes, 25 de mayo de 2020
- 2. Formación
La evaluación psicológica pericial para menores víctimas fue la última temática abordada por el Grupo de Abogados Jóvenes en una nueva cibercharla jurídica, que tuvo lugar el 21 de mayo a través de internet.
Con el objetivo de profundizar en la materia, la jornada contó con la psicóloga y perito judicial Doña Nerea Hernández Rubio, que arrancó su intervención presentando el trabajo que puede realizar un psicólogo forense en el ámbito privado, diferenciando entre los informes de parte –que son a petición de una de las partes para ser presentado como prueba en el proceso para su admisión o inadmisión- y de oficio –solicitado directamente por el juez y emitidos por psicólogos seleccionados de una lista del turno de los colegios profesionales-.
A continuación, la experta en Psicología forense explicó a los asistentes la metodología que se utiliza para elaborar los informes compuesta de tres niveles: clínico, donde se realiza la entrevista pericial, exploración del caso y pruebas psicométricas; el informe pericial en sí, donde se emite el documento escrito contestando al objeto de la pericia; y la ratificación, que es la exposición ante el tribunal de las consideraciones y conclusiones periciales y la contestación de posibles preguntas de las partes o el juez. “Todo informe psicológico pericial está sujeto al principio de contradicción, por lo que también podemos realizar contrainformes”, puntualizó la ponente.
Asimismo, Hernández Rubio se refirió a las ramas en las que un psicólogo forense puede intervenir, con especial mención a las más demandadas (como familia, incapacidad y tutela, laboral, violencia sobre la mujer y penal), esbozó cuál es la función de estos profesionales y comentó cómo pueden ayudar a los letrados en su trabajo.
Por último, la psicóloga forense se refirió a los distintos grados victimización (primaria, secundaria y terciaria) para entrar de lleno en la evaluación y análisis del testimonio de menores o de personas con discapacidad, principalmente víctimas de abusos sexuales. “En esos casos, lo más frecuente es valorar la credibilidad de testimonio, pues no existen testigos en estos delitos y tampoco una lesión física directa, por lo que su testimonio es la única prueba”, aseguró Hernández Rubio, añadiendo que, en tales supuestos, se puede realizar prueba de verosimilitud y credibilidad, pero no de veracidad.
Durante la cibercharla, la invitada también aportó pautas y criterios en los casos de menores víctimas, tanto en su rama de actividad como en la asistencia jurídica. En el primer caso, “es imprescindible la utilización de protocolos de entrevista forense, para que, en la medida de lo posible, se evite la repetición de un testimonio infantil, con el objeto tanto de proteger el indicio cognitivo, eludiendo así el falso recuerdo, como evitar la victimización del menor por la re-experimentación de acontecimientos traumáticos”, indicó Hernández Rubio. De ahí la recomendación de que letrados y juzgados hagan una previsión sobre los objetos de la pericia para tratar de aunar todas las peticiones periciales para que las realice un único profesional. En cuanto a la labor de los abogados, la psicóloga aportó algunas directrices para tratar con los menores víctimas.