Los colegiados autónomos y mutualistas pueden acceder a una ayuda de 300 euros de la Junta de Andalucía

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El plazo de solicitud de esta subvención comenzará al día siguiente de su publicación en el BOJA y se llevará a cabo mediante un sistema de concurrencia no competitiva hasta agotar el presupuesto


La Junta de Andalucía ha aprobado, en fecha 15 de abril, un decreto ley que abre el acceso a ayudas económicas a los profesionales de la abogacía, independientemente de su condición de autónomos o mutualistas, dando respuesta así a una de las demandas planteadas al Gobierno autonómico por el CADECA.

En concreto, el Decreto ley 9/2020 de medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus incluye, entre sus iniciativas, la puesta en marcha de una ayuda de 300 euros para trabajadores por cuenta propia, autónomos o mutualistas.

Estas subvenciones tienen como objetivo cubrir los gastos a los que estos profesionales siguen haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la Seguridad Social o mutualidad, a pesar de la merma patente de sus ingresos, y complementar las ayudas que ya se han adoptado a nivel nacional para llegar a parte del colectivo que no se está beneficiando de algunas de ellas, como la prestación extraordinaria por cese de actividad.

Las ayudas podrán solicitarse por vía telemática mediante un procedimiento simplificado a partir del día siguiente a la publicación en el BOJA del decreto ley y el límite será de quince días después de declararse finalizado el estado de alarma. La asignación de los fondos se llevará a cabo mediante un sistema de concurrencia no competitiva, hasta agotar el presupuesto asignado de 50 millones de euros.

Debido al carácter urgente de la medida, el decreto ley establece que la tramitación, que sólo podrá realizarse de forma telemática, se llevará a cabo con un procedimiento simplificado y ágil, de forma que, en una primera fase, el autónomo o mutualista únicamente tiene que presentar una solicitud on-line para cobrar la ayuda en el más breve plazo posible, de cara a que pueda hacer frente a los gastos más inmediatos.

Tipo de ayuda
  • Abono de 300 euros a la persona beneficiaria en un único pago
  • Concurrencia no competitiva, hasta agotar presupuesto (50 M€)

Requisitos
  • Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía
  • Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad correspondiente en la fecha de la entrada en vigor del estado de alarma
  • Se excluyen aquellos autónomos que tengan en su declaración de la renta una base liquidable general y del ahorro que supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales).
  • Se excluyen aquellos trabajadores por cuenta propia o mutualistas cuya actividad está considerada como servicio esencial, salvo en el caso de desarrollar alguna de las 99 actividades recogidas como excepción a esta condición, entre las que se encuentran las profesiones de abogado y procurador.
  • No haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad de RDL de 29 de marzo.

Solicitud
  • Vía telemática a través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
  • Se debe rellenar un formulario, a través de certificados emitidos por la FNMT, que incluye una declaración de responsabilidad de cumplimiento de los requisitos exigidos para percibir la ayuda.
  • Quedan descartados el resto de certificados, incluidos el DNI electrónico o el Certificado ACA, por lo que la Junta de Andalucía ha puesto a disposición del ciudadano el teléfono 955 063 910, donde a través de la extensión 2 y tras mantenerse a la espera, se puede comunicar la perenencia al colectivo profesional de la Abogacía y la sola disposición de Certificado ACA. En ese caso, tomarán nota de nuestros datos e intentaran proporcionar otras alternativas para la solicitud de la mencionada ayuda. Si aun así, se producen problemas, se puede contactar con el departamento de informática del ICAGR a través del chat habilitado en la página web o mediante el correo electrónico soporte@icagr.es.
  • Algunos datos que tendrá que rellenar: el DNI-NIF; domicilio fiscal; empadronamiento en Andalucía; alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa; declaración del IRPF de 2018 y número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.