Los aspectos prácticos del proceso arbitral internacional, a examen

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El Grupo de Prevención de Blanqueo de Capitales contó el pasado 1 de marzo con la abogada del Colegio de Abogados de Costa Rica, notaria pública y árbitro internacional de Derecho Andrea Hulbert Volio para ofrecer una novedosa jornada sobre los aspectos prácticos del proceso arbitral internacional y el riesgo del lavado de activos.

En su intervención, la experta puso de manifiesto la necesidad de incluir en las leyes de arbitraje nacionales una regulación de la obligación de confidencialidad de los árbitros ante la existencia de riesgos de lavado o de corrupción en los procesos de arbitraje comercial internacional, para que no se vean obligados a renunciar por estar impedidos de hacer comunicaciones a los servicios estatales de prevención del blanqueo de capitales.

Además, la abogada costarricense analizó el arbitraje como mecanismo no jurisdiccional de resolución de conflictos, manteniendo que las cláusulas de arbitraje deberían ser  verdaderos “trajes a medida” en la  negociación del contrato mercantil, recomendando hacer uso del arbitraje internacional por cuanto es más fácil ejecutar un laudo internacional que una sentencia de un país en otro. Defendió la incompatibilidad por la propia naturaleza del arbitraje de una segunda instancia, señalando que el recurso de apelación del laudo arbitral sólo está permitido en Inglaterra y fundado en razones de Derecho. También se refirió como novedad a las actuales propuestas de resolución de disputas 'on line'.

La ponente concluyó su exposición señalando distintos supuestos en los que se podría producir lavado de activos a través del procedimiento arbitral, así como supuestos de corrupción que pueden ser detectados en el arbitraje internacional.